Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, presentada por los ciudadanos: JOSE ENRIQUE NAIM LOPEZ, ELI ANTONIO NAIM LOPEZ Y RICARDO EMILIO NAIM LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.566.641, 20.853.445, 26.244.177, civilmente hábiles, domiciliados en el sector Mario Briceño Iragorry, casa sin número, parroquia Argimiro García de Espinoza, municipio Tucupita, estado Delta Amacu.....