este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, visto el ofrecimiento realizado por la parte demandada y aceptado por la parte actora, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE PAGO, y lo pasa en Autoridad de cosa juzgada, y se abstiene de ordenar el archivo del presente expediente hasta tanto conste en el mismo el acuerdo aquí suscrito por las partes. En caso de incumplimiento se procederá conforme a lo establecido en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a solicitud de parte. Es todo en señal de conformidad se firma la presente acta.
LA JUEZA
Abog. FLORALBA HERRERA BELLO