DECISIÓN.
Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud del Defensor Abg. DOUGLAS FRANCISCO GUEDEZ OCHOA, en consecuencia se mantiene la medida de coerción personal que recae sobre el acusado JOSE ANTONIO FLORES MARTINEZ, venezolano, fecha de nacimiento 27-07-1986, titular de la cédula de identidad Nº 17.055.097, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con artículo 406 ordinal 1ero del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Notifíquese al representante del Ministerio Público y a la Defensa. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, a los cuatro (04.....