Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por la Abogada MAGDA SANDOVAL ARTEGA, Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta por la ciudadana YANETT URRIETA , en fecha doce (12) de Junio del año dos mil siete (2007), por ante la Fiscalía Superior del Estado Delta Amacuro, en la cual señalo que ""..a fin de hacer una denuncia en contra de la ciudadana BIANNYS SILGUERA, quien el día jueves 07/06/2007, en horas de la mañana me agredió verbal y difamación por la mencionada ciudadana. En virtud de es.....