Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 365, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y atendiendo a la solicitud que en tal sentido formula la representante del Ministerio Público DECIDE EN FORMA UNÁNIME: PRIMERO: Declara NO CULPABLE a los ciudadanos: PARADA JEAN CARLOS, GONZÁLEZ GONZÁLEZ GRESEL GERARDO, Y SIERRA MALPICA HENRY DEL JESÚS, Titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-14,115.157, V-17.525.591. V- 17.524.318 respectivamente, que no son culpables en virtud de no existir los elementos contundentes de prueba que los convenzan, y además alegan los referidos Escabinos que los testigos que estuvieron presentes en el debate no dieron una clara información en referencia al suceso acontecido. observándose que no se logró demostr.....