declara: sin lugar el Recurso de Apelación de sentencia interpuesto por los Abogados DAISY PINTO JAIMEZ y OSWALDO PÉREZ MARCANO, Defensores Públicos adscritos a la Unidad de Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando en representación de los sentenciados : WILDEMAR JOSÉ VALDERREY y RAMÓN ANTONIO LARA PÉREZ, en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Único de Juicio de este Estado, de fecha 18 de febrero de 2013, donde los condenó a cumplir una pena de de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, en su condición de DETERMINADOR, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano. Se confirma la decisión.