En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de apertura del procedimiento Especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 Y 94 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, por considerar la misma ajustada a derecho y a los hechos expuestos por esta, de conformidad con los artículos 326 y 330 numeral 2 y 9 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta, medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad a favor del ciudadano ENNY ERNESTO MONTANER, venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Tucupita, titular de la cedula de identidad N°: 13.744.473, fecha de nacimiento 22/02/1977, 30 años, residenciado en el Barrio 19 de Abril, casa sin numero, cerca de la estación de bomba de agua, .....