Por tanto se deternima que las condiciones que fueron impuesta al imputado ciudadano. CARLOS JAVIER ALVAREZ CRESPO, en fecha 20 de agoste de este mismo año no han variado hasta la presente fecha, este tribunal decreta: Niega la solicitud de ampliación del Régimen de presentación y en cuanto al permiso para salir de la Jurisdicción del Estado Delta Amacuro deberá presentar constancia a fin de Justificar su salida. Declarándose sin lugar la solicitud presentada por Abg. MARIA BELEN LOPEZ, Defensora Pública Primera o, en su condición de defensora del ciudadano: CARLOS JAVIER ALVARE CRESPO, plenamente identificado en el presente asunto, en la que Solicita al Tribunal la Ampliación del Régimen de Presentación periódica, de ocho (08) días a cada treinta (30) días, por cuanto es natural de Barquisimeto Estado Lara, pero tiene su asiento familiar en san Felipe Estado Yaracuy es un padre de familia y debe velar además es Trabajador de la economía informal por lo tanto necesita aut.....