Este Tribunal Único de Juicio en Función Unipersonal de este Circuito Judicial Penal del Estando Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista la exposición del acusado, de la víctima y del Fiscal del Ministerio Público, ACUERDA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido contra el ciudadano SAUL JOSE MONRROY, por la presunta comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el Artículo 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, conforme al artículo 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, y fija el plazo de un lapso de seis meses, a partir de la presente fecha, en virtud de haber admitido los hechos imputados por la Fiscalia del Ministerio Público, le queda en veintiún (21) meses, y aplicación del término medio le queda en doce (12) meses, lapso por el cual se le estableció la Suspensión Condicional del Proceso, y le impone al investigado las siguientes obligaciones: 1-) Presentarse cada Tre.....