... esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con Competencia Múltiple en Lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación de auto, interpuesto por la Abg. JESUS MOLINA DUQUE, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el auto dictado por el Juzgado Único de Primera Instancia Penal con funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 13 de Junio de 2001, con fundamento jurídico en los artículos 437 y 453 del Código Orgánico Procesal Penal.