Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de primera instancia en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano DANIEL JOSE NARVAEZ ZACARIAZ, venezolano, natural de esta ciudad de Tucupita, mayor edad, portador de la cedula de identidad Nº V- 24.579.758, edad 20 años, fecha de nacimiento 21/11/1992, Soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en Deltaven calle 03 casa S/N cerca de la bodega de la china, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, quien dijo ser hijo de Alberto Narváez (v) y Coromoto Zacarías (v), de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artí.....