En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 18 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCION POR MAYORIA DE EDAD, de la demanda de Colocación Familiar, presentada por la Ciudadana MILEIRY DEL CARMEN MARTINEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad número: V-3.047.292, en contra de la Ciudadana SANTA ELINOR GONZALEZ ROMERO, titular de la cédula de identidad número: V-11.209.233, en beneficio del Ciudadano RAUL DEL VALLE ACOSTA GONZALEZ.
Se ordena el cierre y archivo del presente asunto y su remisión al Archivo Judicial I.....