DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR las apelaciones de auto interpuestas por los Abogados: EMETERIO RANGEL, en su condición de defensor público de los ciudadanos MORALES OSWALDO ALFONZO, MARQUEZ MARCO ANTONIO, FLORES JOSE DEL CARMEN, ARAY CORCEGA ALBERT NAHUM, ROMAN SILVEIRA MIGUEL EDUARDO Y RADA LANDAETA JOSE IGNACIO, suficientemente identificados, contra el auto dictado por el Juzgado Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 08 de noviembre de 2007 y en resguardo de la integridad física y moral de los imputados, se ordena al Juez que le competa el conocimiento de esta causa, tramite el traslado de los imputados a un lugar distinto de la Comandancia de la Policía Regional, en el que se garantice fehacientemente la in.....