...Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia queda extinguida la obligación Alimentaria, en beneficio del ciudadano JOSE BLADIMIR ROMERO MARÍN, plenamente identificado; por cuanto alcanzó la mayoría de edad y no se encuentra cursando estudios que le impida realizar trabajos remunerados, situación ésta que encuadra dentro de los supuestos establecidos en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Déjese sin efecto a partir de la presente fecha las retenciones ordenadas por este Tribunal en fecha 25-03-2004, mediante oficio N° JP01-268, sobre el sueldo y demás beneficios que perciba el ciudadano JOSE RAFAEL ROMERO MATA...