DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y público, este Tribunal de Juicio Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22, 347 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide lo siguiente:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano EDIN DANIEL PALACIOS RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 24.579.837, nacido en Tucupita, estado Delta Amacuro, en fecha 18/06/1992, de 22 años de edad, soltero, obrero de una cauchera frente el Estadio Dionisio López Orihuela de esta Ciudad, hijo de Luz Rodríguez y de Franco Palacios José, residenciado en la Urbanización Delfín Mendoza, calle 05, M.....