ESTA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA MÚLTIPLE EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado LISANDRO FERMÍN FIGUERA, en su condición de defensor público de los acusados ROCA, OSWALDO RAMÓN y HERRERA BELKYS, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de enero de 2007. Se confirma la decisión impugnada.
Igualmente, en resguardo del derecho a la defensa y al debido proceso en todas las causas que ventila ese Tribunal donde se aplique el régimen de presentaciones, se ordena a la Jueza a quo: Que elimine la condición en la que exime a los procesados de efectuar su presentación los días en que no despache el Tribunal y los oblig.....