Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA: Suspender el debate de Juicio Oral y Reservado, de conformidad con lo establecido en el articulo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 17 DE JUNIO DE 2011 A LAS 02:00 PM. Quedan las partes debidamente notificadas. Cítese a los órganos de prueba ciudadanos; IDENTIDAD OMITIDA y AL FUNCIONARIO AGENTE IDENTIDAD OMITIDA, por intermedio de su superior Jerárquico en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica de esta Jurisdicción indicando en la boleta el siguiente numero telefónico OMITIDO, que pertenece al referido funcionario. Ratifíquese el oficio número 24.....