En razón de lo antes expuestos este Tribunal, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos DANNI JOSEFINA FERNANDEZ DE ASTUDILLO Y JESUS ANIBAL ASTUDILLO, venezolanos, Mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad Nº V.- 8.927.711 y V.- 8-951-962 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado ELVYS ARBELAEZ. IPSA N° 48.918, HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DE LA DE CUJUS DANNELYS DEL JESUS ASTUDILLO FERNANDEZ, quien en vida fuera su hija legitima de los ciudadanos DANNI JOSEFINA FERNANDEZ DE ASTUDILLO Y JESUS ANIBAL ASTUDILLO y titular de la cédula de identidad Nº V-17.055.381. Devuélvase a los interesados previa su certificación en autos la presente solicitud, dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Maryelsy.....