Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por la Abg. EUGENIA ALEJANDRA FIORE MORENO, Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Segunda del Estado Delta Amacuro;; con sede en la ciudad de Tucupita, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta por ante la Denuncia que cursa ante esta Representación del Ministerio Público, Expediente: Denuncia. 10-DDC-F2-OS36-2012 formulada en fecha 16 de Mayo del 2012, por ante , POLICÍA DEL ESTADO DELTA AMACURO, por MARQUEZ YIMMY ENMANUEL, venezolano, natural de esta localidad, titular de cédula de identidad No V-19.139.915, de estado civil Soltero (a),Profesión u Ofici.....