DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano: JULIO CESAR CACCIOTTI VERDE, titular de la cédula de identidad No. 9.862.735, de entregar el vehículo: Marca. Chevrolet, Modelo: Corsa, Color plata, uso particular, tipo: Sedan, año 2001, serial de carrocería No. 8Z1SC516661V338044, placas MBZ-87D, serial del motor 61V338044. Regístrese, diarícese, notifíquese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.