DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano: ÁNGEL JESÚS CARRIÓN CAMPOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 1 y 8 del Código Orgánico Procesal, referidas a la presentación de dos fiadores quienes deberán ser personas responsables a fin de garantizar la permanencia de este ciudadano en arresto domiciliario en su residencia ubicada en la Urbanización Alexis Marcano detrás de la Biblioteca Pública, en una vivienda color rosada y azul, teléfonos 0287 4143553; 0414 9977855, Tucupita, Estado Delta Amacuro. Asimismo deberán consignar constancia de trabajo donde se refleje la cantidad de 100 unidades tributarias (46,00 BsF), es decir 4600 BsF, o 4600.000 bolívares; constancia d.....