Este Tribunal de Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad se estima conveniente e imperioso adoptar medidas para preservar la integridad física del ciudadano ALEXIS JESUS LEON, nacionalidad venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, de cincuenta y cuatro (54) años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: Pintor publicitario, trabajando actualmente en el Instituto Regional de Deporte del Estado delta Amacuro, titular de la cédula de Identidad Nro. V-03.049.011, con domicilio en San Rafael, sector La Floresta, calle Principal, después de la avenida, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en los artículos 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo previsto en .....