DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la acumulación de las penas impuestas al ciudadano JEAN CARLOS LOZADA, titular de la cédula de identidad N° 16.699.745, en los asuntos signados bajo los N° YP01-P-2004-00045 y YP01-P-2005-003214, por lo que deberá sufrir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal y 88 y 97 del Código Penal.
Regístrese, diaricese, déjese copia certificada y acumúlese el asunto YP01-P-2005-003214 al asunto YP01-P-2004-0000045. Notifíquese la presente decisión a la Fiscal del Ministerio Público, a la defensa y al penado de autos.