DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la Apelación del Auto, interpuesta por el Abogado PEDRO GIL MARIN, en representación de la ciudadana VIDALIG ROSAS DE MANTABRIC, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.214.619, domiciliada en esta ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, y se RATIFICAN las Medidas Provisionales dictadas por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en el Juicio de Divorcio que se sigue en contra del ciudadano LOUIS NICOLAS MONTABRIC, de nacionalidad Francesa, titular de la cedula de identidad No. E-82.087.737, domiciliado en la Republica de Francia, Impasse, La Couadalere, Le Barcares (66), Francia.