DISPOSITIVA
Por UNANIMIDAD, DECIDE: PRIMERO: Declara NO CULPABLE al ciudadano TOVAR SALAZAR JAVIER JOSE, Cédula de Identidad N° V- 16.698.605, y en consecuencia, lo ABSUELVE de la Acusación fiscal por comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo, 453 numeral 4 del Código Penal Venezolano, acusación que fuera admitida en fecha tres (03) de Octubre del año dos mil seis (2006), por el Tribunal Segundo de primera instancia en función de control de este Circuito Judicial Penal y sede, por la solicitud fiscal quien solicito una sentencia absolutoria a favor del ciudadano ut supra identificado. Por no existir elementos probatorios que lo incriminaran en los delitos calificados por la representante de la vindicta publica SEGUNDO: Se ordena la cesación de la medida privativa de libertad personal que pesa en contra del ciudadano TOVAR SALAZAR JAVIER JOSE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, específicament.....