.- Se decreta la libertad condicional por medida humanitaria, a la penada de autos YASMIRA INOCENCIA RODRÍGUEZ TOCHON, titular de la cédula de identidad N° 9.867.989, de conformidad con lo señalado en el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal, al presentar la referida ciudadana un diagnostico medico que de manera grave afecta su salud y le impide llevar un buen ritmo de vida, debiendo la penada regresar a cumplir la pena en la prisión si se recupera u obtiene mejoría. De esta manera queda motivada la decisión tomada en fecha 04 de julio de 2007, en la cual este Tribunal, en la visita extraordinaria, realizada al Internado Judicial de Monagas, anexo femenino, le acordara la libertad condicional por medida humanitaria a la referida penada.