Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Carla Cristina Barrios Vega, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.955.316, asistida por la abogada Cerapia Barboza Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 215.397.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano José Miguel Vicent Prieto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.562.399, y que fuera contraído en fecha 29 de abril de 2009, por ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como consta en .....