Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- ACUERDA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, DESTACAMENTO DE TRABAJO, a la penada VANESSA CORREA GARCES, antes identificada, al reunir de manera concurrente las exigencias del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acuerda librar la correspondiente Boleta de Pre libertad y de la presente decisión, dirigida a la penada VANESSA CORREA GARCES, antes identificada, remitiéndola anexa al oficio al Director del Reten Policial de Guasina.
3.- Igualmente, se acuerda remitir copia de la presente decisión, al Director del Reten Policial de Guasina y a la Coordinación Regional de las Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario .....