DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante N°-02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano: ANTONIO DEL VALLE MOYA VELASQUEZ, Titular de la cédula de identidad Nº 20160971, fecha de nacimiento 12/09/1992, hijo de los ciudadanos CLETO MOYA y CARMEN VELASQUEZ, residenciado en la Calle Pedro León Torres Casa Nº 04 frente a la Fundación del Niño, Teléfono de ubicación Nº 04147664661, por ser culpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente en perjuicio de la ciudadana MARIA ISABEL ARZOLAY PULBETT y YOSMIR ARLETTE DICURU PULVET, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, asimismo se le impone como penas accesorias la inhabilitación po.....