DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,declara : Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Emeterio Rangel Quintero, actuando como defensor público de presos,en contra de la decisión emitida por el Tribunal Primero en Funciones de Control en lo Penal de este Estado, de fecha 27 de noviembre de 2010.
Procédase a la publicación y registro del presente fallo.