Por lo antes expresado ocurrió la perención de la instancia en la presente causa, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara la Perención de la Instancia en el presente Juicio de Intimación, intentado por Milagros José Felibert De Maray, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 13.057.891; asistida por el abogado Pablo Hernández, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.871, en contra de los ciudadanos: Felicia Narvaez y Santos Herrera (todos plenamente identificados en autos), de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Ordinal 1°. Archivese el presente expediente.
Publíquese, regístrese, diaricese y cúmplase con lo ordenado en la presente sentencia interlocutoria.