Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud realizada vía telefónica por el Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de orden de aprehensión en contra de los ciudadanos: JESÚS ALBERTO JIMÉNEZ URRIETA (COQUITO), venezolano mayor de edad de 21 años con cedula de identidad Nº 21 .082.652 y JADSITH SMITH MÉNDEZ CABRERA (YANSIL), venezolano mayor de edad de 19, años con cedula de identidad Nº 24.120.722, por razones de extrema necesidad y urgencia, de conformidad con el último parágrafo del artículo 250 aparte 8vo del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECID.....