ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO
Se admite en su totalidad la acusación presentada por el Ministerio Público de manera oportuna y lícita, siendo que este Tribunal comparte la calificación jurídica en relación a la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, hoy Artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en relación al acusado DAVID ORFILA PEREZ, plenamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 326 y 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público del conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal de acusado DAVID ORFILA PEREZ, venezolano, de 22 años de edad, residenciado calle Amacuro, casa Nro. 52, de este Ciudad, soltero, bachiller, trabajador de la Ganadería, hijo de JUANA PEREZ ( F), titular .....