DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con fundamento a su libre convicción, basadas en reglas de la lógica, máximas de experiencias y conocimientos científicos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Responsable penalmente a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, y se le impone las sanciones de: LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de Un (01) año y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de seis meses, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literales "c" y "d", en concordancia con los artículos 626, 625 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Ado.....