DISPOSITIVA
Por todos lo razonamientos antes expuestos; este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda con motivo de Desalojo del Inmueble, interpuesta por la ciudadana Zunilda Soto, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.334.990, debidamente asistida por el Abogado, Ángel Félix Grimón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.242; en contra de la ciudadana Josefa Benicia Zambrano Soto, titular de la cedula de identidad N° 8.926.928.
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria con lugar se declara el desalojo del inmueble objeto de litigio, y a su vez Resuelto Judicialmente el Contrato de Arrendamiento verbal celebrado entre las partes de fecha 09 de mayo del año 2007. En consecuencia, se ordena a la demandada hacer ent.....