éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Se admite la totalidad de la acusación y de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con los articulo 326 y 330 numeral 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser estas legales, necesarias, útiles y pertinentes, por la presunta comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSCIOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico ilícito de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas. Segundo: Se Condena por el Procedimiento Especial por admisión de los hechos al acusado Simón Alexander Valenzuela Alen, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 23-01-1982, de 28 años de edad, hijo de María Flores (v) y Pedro Je.....