En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana LENIS KATIUSCA MIRENA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.077.507, asistida por el abogado CARLOS FLORES, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 134.915, contra ciudadano LUÍS CARLOS HEREIRA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.491.606.
Segundo: Como consecuencia del particular anterior, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial celebrado por ante la ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Naguanagua, estado Carabobo, según consta en Acta Nro. 44, Folio 131 al 133, Tomo I, Año 1998 .....