Por todas las razones antes expuesta. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control de la Sección Penal de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Acuerda Primero: Otorgar una prorroga legal de 30 días a fin de que la Fiscal del Ministerio Público presente los actos conclusivos en el presente asunto, de conformidad con el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. con la advertencia que si vencidos los plazos que le hubieren sido fijados, el Fiscal del Ministerio Público no presentare acusación ni solicitare el sobreseimiento de la causa, el juez decretará el archivo de las actuaciones, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la condición de imputado y además que la investigación solo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización del Juez. Remítas.....