Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia Mixto en función de juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 365, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por unanimidad declara: PRIMERO: CULPABLE a la acusada: JOSEFA DEL CARMEN BRITO RODRÍGUEZ. SEGUNDO: de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 363 ejusdem, se CONDENA a la ciudadana: JOSEFA DEL CARMEN BRITO RODRÍGUEZ, por ser COMPLICE EN EL DELITO DE OCULTAMIENTO SUSTANCIAS Y ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 hoy 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y El Consumo de Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el 84 ordinal 3 de Código Penal, a cumplir la pena de cuatro (04) añ.....