III
DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL DÉCIMO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud por motivo de TÍTULO SUPLETORIO, de conformidad con los artículos 7, 206, 340 (4 y 6) y 341 del Código de Procedimiento Civil, intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE ZAMBRANO GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.808.940, debidamente asistido por el abogado FERNANDO LANDAETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.153.704, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 151.325.
Dada la naturaleza de la presente acción, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia ce.....