DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estando Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista la exposición del acusado y de la Fiscal del Ministerio Público, ACUERDA:
PRIMERO: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de la causa seguida al ciudadano WILMAN JOSE LUCES MARQUEZ, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 02/10/1976, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: albañil, residenciado en el sector Deltaven, sector II, calle Ali Primera, asas sin número, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad N° V- 13.403.215; en la causa identificada N° YP01-P-2014-005219, por la comisión de los delitos de Lesiones Personales Intencionales menos graves, previsto y sancionado en el artículo 413 ambos del Código Penal Venezolano, conforme a los artículos.....