En atención a las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud de incineración interpuesta por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, Dr. JOSE ALFREDO CONTRERAS BERMUDEZ, Nº K-11-0259-00533 y experticia Nº 9700-133-181, en consecuencia se ORDENA la destrucción de la droga incautada, la cual quedo mediante experticia química practicada determinada como 109 gramos con 780 miligramos; 329 gramos con 250 miligramos; 07 gramos con 400 miligramos; 30 gramos con 400 miligramos de clorhidrato de cocaína; y 03 gramos con 500 miligramos de cannabinoles (cannabis sativa) Marihuana, mediante el procedimiento de incineración, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 148, 193 de la Ley Orgánic.....