Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales, Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda que por reclamo por la deficiencia en la prestación del servicio público de energía eléctrica, fue interpuesta por el ciudadano GONZALEZ ANTONIO JOSE, ampliamente identificado en autos, en contra de la Sociedad Anónima Corpoelec Región Delta Amacuro.
ÚNICO: El Tribunal se permite aclarar: Si bien es cierto que este procedimiento se encontraba en fase de providenciar las pruebas consignadas por la parte demandada; no es menos cierto, que en acatamiento de los Principios de Celeridad y Economía Procesal que deben regir todos los procedimientos judiciales, y en aras de evitarle a las partes litigiosas para la evacuación de las pruebas promovidas un mayor desgaste de su patrimonio y así mi.....