III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana ROSA AMELIA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.051.680, debidamente asistida por la abogada CARMEN FRANCO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 155.901, contra el ciudadano JOSÉ SALVADOR MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.872.371.
En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08 de abril del año 1989, por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Mariara del Municipio Diego I.....