DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por el Abogado Abg. NOEL ANTONIO RIVAS ACOSTA, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta en fecha trece (13) de Septiembre del año dos mil diez (2010), por ante la Policía del estado delta Amacuro, por la ciudadana EDUARDO SOTILLO, de nacionalidad venezolana, natural del Callao, estado Bolívar, donde nació en fecha 30/07/1950, de 62 años de edad, de profesión u oficio: Abogado, de estado civil soltero, titular de.....