UNICO APARTE: Una vez revisado el escrito presentado por el Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículos 26 ,49 de la l 1°, y 257 se acordó Fijar una Audiencia Especial Oral y Pública para el día Martes Quince (15) de Mayo de Dos Mil Siete (2.007) a la Una (01:00 p.m.) horas de la Tarde, y en fecha 15 de mayo se difirió dicha audiencia para el día 18 de octubre del 2007, ahora bien este Tribunal de Primera Instancia Pena, en Función de Juicio, dando fiel cumplimiento a lo establecido en nuestra constitución, como es la tutela jurídica efectiva y el debido proceso contemplada en el articulo 26, 49 y 257, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA : La celebración de una audiencia especial de solicitud de prorroga, de Medida Privativa de Libertad para el día 21 de junio del 2007, a las Diez 10:00 horas de la mañana con la finalidad de oír a cada una d.....