DECISIÓN
Por las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz, con Competencia en lo Contencioso administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la pretensión por desalojo del inmueble, fundamentada en el artículo 34 literal "A" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, interpuesta por la ciudadana NOELYS ASTUDILLO URBAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.487.284, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Auroly Seijas, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 120.197, contra el ciudadano AMILKAR GEOVANNY HIPOLITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.157.717, asistido por la abogada Raizys Larez González, I.P.S.A Nº 144.154.
SEGUNDO: Se ordena a la .....