DISPOSITIVO
En este sentido, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, solicitada por la representación del Ministerio Públ.ico, en el presente recurso de Nulidad de Acto administrativo interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO OCHOA, en su carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA LEBLON C.A, debidamente inscrita por el Registro Mercantil del Estado Monagas, bajo el Nº 03 del Libro, a-7, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00015-07 dicta en fecha 12 de diciembre de 2007 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Delta Amacuro que declaro procedente la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano Swiuwer Navarro.
SEGUNDO: INOFICIOSO conocer de las nulidades delatadas por el recurrente, .....