DECRETAR la Privación Preventiva de Libertad del ciudadano ROGER RAFAEL LOPEZ LOZADA, Apodado "EL BIGOTE" titular de la cédula de identidad Nº 11.211.196, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, nacido en fecha 13-10-1970, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Teófila López (v) y Modesto López (f), residenciado en Boca de Cocuina, calle ciega, al lado de la licorería patito feo, Tucupita Estado Delta Amacuro; por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, encontrarse acreditada la existencia de los tipos penales de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal y Uso de Adolescente para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.