DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud realizada por el Fiscal Segundo del Ministerio Publico y en consecuencia, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: PEDRO SIMÓN GASCÓN, titular de la cédula de identidad número V- 11.214.208, residenciado en Agua Negra, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana: AMELIA JOSEFINA TORRES MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad número V- 16.699.693, residenciada en el Palomino, todo ello de conformidad con e.....